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Duda sencilla sobre el alquiler (rescindir antes de tiempo)

 
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Autor Mensaje
Bender



Registrado: 15 Jul 2006
Mensajes: 160

MensajePublicado: Lun Ene 08, 2007 4:04 pm    Asunto: Duda sencilla sobre el alquiler (rescindir antes de tiempo) Responder citando

En mi contrato de arrendamiento dice que me comprometo a estar un año al menos en el piso. ¿Qué pasa si decido rescindir antes de un año? ¿El arrendador me puede reclamar la totalidad de la renta de ese año?
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edgapi



Registrado: 15 Ago 2006
Mensajes: 114
Ubicación: Asturias

MensajePublicado: Vie Ene 12, 2007 1:07 am    Asunto: Responder citando

Asi es, tiene derecho a ello, o que le pages los meses hasta que consiga otro arendatario. Pero tambien en el caso contrario, si el te dice de abandonar la casa (como en gran hermano) tu tienes derecho a que te pague el arendamiento de otra casa hasta concluir el año.
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Bender



Registrado: 15 Jul 2006
Mensajes: 160

MensajePublicado: Vie Ene 12, 2007 9:06 am    Asunto: Responder citando

Ok, muchas gracias
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CHucky



Registrado: 24 May 2006
Mensajes: 95
Ubicación: Madrid [Barrio del Pilar]

MensajePublicado: Mar Ene 16, 2007 4:12 pm    Asunto: Responder citando

edgapi escribió:
Asi es, tiene derecho a ello, o que le pages los meses hasta que consiga otro arendatario. Pero tambien en el caso contrario, si el te dice de abandonar la casa (como en gran hermano) tu tienes derecho a que te pague el arendamiento de otra casa hasta concluir el año.
Leeeñe! Shocked
No estoy muy enterado, así que no voy a porfiar, pero me parece muy exagerado.
Según tenía yo entendido tanto si tú te quieres ir como si él necesita el piso hay que avisar con un mes de antelación y no hay problema...

Por favor, corregidme.
Besos
CHucky
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"Was mich nicht umbringt,
macht mich stärker."
(Friedrich Wilhelm Nietzsche, 1844 – 1900)
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Bender



Registrado: 15 Jul 2006
Mensajes: 160

MensajePublicado: Mie Ene 17, 2007 9:46 am    Asunto: Responder citando

Es que depende del tipo de contrato, creo. En el mío, me he comprometido por un año. A partir de ese año, es lo que tú dices: me comprometo a avisar con un mes de antelación si no quiero perder la fianza. Pero antes de ese año, ¿qué pasa? Yo creo que el propietario te puede reclamar el año entero. Lo que pasa es que hablando las cosas, no hay problema. En mi caso estoy más jodido, porque lo he alquilado a través de la Sociedad Pública de Alquiler, y esos tienen su propio gabinete jurídico que pueden ir a por tí.

No quiero irme por gusto: me han dado un piso que tiene un montón de problemas que no se están dando prisa por arreglar.

En fin, si alguien sabe más sobre el tema, agradeceré la contribución.
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billy



Registrado: 15 Oct 2005
Mensajes: 3116

MensajePublicado: Mie Ene 17, 2007 10:15 am    Asunto: Responder citando

Yo creo que el tiempo se pacta entre partes y en caso de que una quiera resolver el contrato por su cuenta antes de tiempo sin el acuerdo de la otra, pues deja a la otra la posibilidad de reclamarle los perjuicios oportunos y el juez le puede dar o no la razón en función de lo que dice la LAU o lo que diga el propio contrato si tenía contemplada esta posibilidad.

Según la LAU hay causas justificadas de resolución antes de tiempo del contrato. Ver capítulo II y capítulo V
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l29-1994.html


También esto es lo que dice Spaviv al respecto del inquilino:

Cita:
16. ¿Puede el inquilino abandonar el alquiler antes de la finalización del contrato?

No. Si lo hace, deberá cubrir las mensualidades restantes, salvo pacto con el propietario. En el caso de contratos de duración pactada superior a cinco años, el inquilino podrá desistir si el arrendamiento ha durado más de cinco años, dando un preaviso de dos meses. Aún así, podría verse expuesto a una indemnización al propietario.

El inquilino podrá resolver el arrendamiento en los siguientes casos:

Si el propietario no hace las reparaciones necesarias para conservar la vivienda habitable.
Si el propietario perturba de hecho o de derecho la utilización de la vivienda.

http://www.spaviv.es/faq/faq_lau_propietario.php#tres
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CHucky



Registrado: 24 May 2006
Mensajes: 95
Ubicación: Madrid [Barrio del Pilar]

MensajePublicado: Mie Ene 17, 2007 3:40 pm    Asunto: Responder citando

Bender escribió:
En el mío, me he comprometido por un año.
Leñe... me pierdo...
Tenía entendido que los contratos se hacían por 5 años... a ver si me estoy columpiando Confused

Besos
CHucky
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macht mich stärker."
(Friedrich Wilhelm Nietzsche, 1844 – 1900)
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edgapi



Registrado: 15 Ago 2006
Mensajes: 114
Ubicación: Asturias

MensajePublicado: Mie Ene 17, 2007 8:08 pm    Asunto: Responder citando

los contratos pueden hacerse con el tiempo que se quiera. desde meses a años, pero, hoy en dia los hacen a 1 año, par que asi no se pillan los dedos, suben precios, si tienen problemas te echan, etc
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