NacheT
Registrado: 22 Ene 2008 Mensajes: 1
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Publicado: Mar Ene 22, 2008 10:19 am Asunto: Posible ayuda compradores distrito centro |
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Me ha llegado el siguiente mensaje que creo que debo difundir, pues parece tratarse de una ayuda importante para compradores recientes de vivienda del Distrito Centro de Madrid, o familias numerosas: (Sé que parece el típico spam, pero hasta donde he averiguado es serio)
De: devoluciontusimpuestos@gmail.com
Lee unos segundos este mensaje.
¿Has comprado una vivienda recientemente? En caso afirmativo, este mensaje te interesa: si tu vivienda está ubicada en el distrito Centro de Madrid, o si eres titular de familia numerosa (y compraste, en la C.A. Madrid, a partir del 2005 en adelante). Para ambos casos, en la Comunidad de Madrid hay tipos reducidos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (el 4% en vez del 7%), con determinados requisitos que puedes consultar.
Si te beneficiaste de estas ventajas, enhorabuena. Pero la mayoría de la gente que está en estos casos ha pagado el 7% por ignorancia de la legislación, y porque ni en las Notarías, Gestorías y Bancos que intervinieran en la compra nadie se molestó en asesorarte de tus circunstancias particulares.
Si es éste tu caso, y pagaste más de lo debido, puedes recuperar ese 3% que pagaste de más (puede ser mucho dinero, echa cuentas), mediante un procedimiento administrativo sencillo, de devolución de ingresos indebidos, a la Comunidad de Madrid.
Si quieres saber cómo y podemos ayudarte, responde a este email y nos ponemos en contacto.
Hasta aquí el mail.
Me he informado, y, efectivamente, la normativa es el artículo 4 (creo) de las leyes de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad de Madrid, de diciembre del 07 (para el 0 , de 06 (para 07), y así sucesivamente, en cuanto a familias numerosas desde ejercicio 2005 y distrito centro desde antes. Cuatro años para prescribir. El procedimiento de devolución de ingresos indebidos es un procedimiento administrativo sencillo, sin necesidad de abogado ni nada, y tienen que devolver interés de demora.
Por dejadez o mala fe, un banco, un gestor o un notario no van a preocuparse en ver si se cumplen los requisitos. Sobre todo para que encima si no se cumplen haya una carga fiscal que les pueda salpicar. Así que liquidan a todos al 7%, y arreando.
Lo divertido del asunto es que la devolución podría titularse "¡Espe, devuélveme mi pasta!". El chico que ha iniciado esto es abogado y lo consiguió con su propia casa. Lo hace medio por altruismo, medio por recibir una parte de esos intereses de demora como pago de quien quiera que se lo tramite él. (Me parece legítimo) Creo que también acepta jamones. En algún caso, me comenta, podemos estar hablando de millones, no es coña (me dice que él recuperó más de 9.000 euros)
Espero que os sea de utilidad.
Un cordial saludo.
PD. Info + completa d los requisitos: 1-Distrito centro: q no haya recibido subvenciones para rehabilitación, edificios d antigüedad + d 60 años si no recuerdo mal (antiguamente eran 75), pisos d menos d 90 m2 (antes tb eran menos, 45 o así, hay q ver cada ejercicio), ser vivienda habitual durante los 4 años siguientes. 2- Familias numerosas: q la adquiera el titular d la familia numerosa y vaya a ser vivienda habitual (normat. irpf, al menos 3 años). Y si la vivienda d la familia numerosa anterior era en propiedad, venderla o haberla vendido en el plazo d 2 años adelante o atrás (como la reinversión en la renta), salvo q se compre una vivienda anexa para juntarlas. |
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